Sociedad

Medios Vecinales: fallo a favor del amparo

La Sala 1 de Cámara de Apelaciones Contenciosa Administrativa, revocó el fallo en primera instancia de la jueza Paola Cabezas Cescato, que denegó el amparo presentado por un conjunto de editores, ante la avanzada de parte del Gobierno porteño de recortar los montos que por ley, perciben los medios de comunicación social inscriptos en el Registro de Medios Vecinales de la Ciudad.

El subsecretario de Comunicación Social, Máximo Merchensky, decidió modificar la letra de la Ley mediante la resolución 813, del 5 de febrero de 2018, interpretando que el parámetro de valor de la contraprestación publicitaria de los medios vecinales de comunicación social debía adecuarse a los resultados de esta compulsa, pero la Ley 2.587 del año 2007, es anterior a las compulsas implementadas a partir del año 2014. La consecuencia inmediata de la medida fue la reducción del 17% en el monto de la pauta publicitaria.

Mediante esta actuación se logró hacer lugar al recurso de apelación deducido por los medios vecinales de comunicación social y, en consecuencia, revocar la sentencia de grado de la jueza Cescato, quién denegó la demanda ‘in limine’, es decir,  sin profundizar en los argumentos de los medios; y sin considerar que la pauta publicitaria es en este caso particular un derecho,  porque promueve precisamente derechos culturales colectivos.

En esta instancia se procederá a remitir lo actuado a la Secretaría General a efectos de que, por medio del pertinente sorteo, se asigne nueva radicación a las actuaciones para que continúen su trámite.

 

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