Política

REPRESIÓN EN EL BORDA: LA JUSTICIA PENAL INVESTIGARÁ A MACRI

adios sobreseimiento para el Jefe de Gobierno

EN EL HOSPICIO

En un claro revés la Justicia Penal porteña, corporizada por la Sala IV de la Cámara del Crimen, revocó los sobreseimientos del jefe de gobierno, Mauricio Macri; de su vice, María Eugenia Vidal; del jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta; del ministro de Seguridad, Guillermo Montenegro; de la de Salud, Graciela Reybaud; y, especialmente, del de Desarrollo Urbano, Daniel Chaín. Ahora investigará a Mauricio Macri, por abuso de autoridad y violación de los derechos humanos de los pacientes y trabajadores del hospital Borda cometidos durante la represión en ese centro de salud. Así, todos vuelven a estar imputados por la violenta represión del 26/04/2013. Un juez de primera instancia (Jorge Adolfo López) había sobreseído a todos los funcionarios porteños por su responsabilidad en la represión en ese establecimiento. Y, en cambio, había procesado a 1 policía y 6 sindicalistas por los disturbios.

la represión inexplicable en el Hospital Borda sacude a la cúpula del gobierno porteño

Sin duda que si se tuviera que realizar nuevamente el procedimiento policial en el hospital neuropsiquiátrico Borda, el ministro de Justicia y Seguridad porteño, el ex fiscal y ex juez Guillermo Montenegro, ordenaría un procedimiento diferente. De hecho, cuando ahora Montenegro no autoriza el desalojo de los ocupantes ilegales de predios públicos en Lugano si no se encuentra presente o la Policía Federal o Gendarmería, tiene que ver con el recuerdo de lo que sucedió en el Borda. Lo mismo va para los frecuentes desmanes que cometen habitantes de la Villa 31 (que sigue creciendo, peligrosamente, hacia arriba, sin algún criterio urbanístico y menos normas básicas de la construcción, que resguarde la vida de sus ocupantes.

Sin dudas, en la corta existencia de la Policía Metropolitana, la represión en el Borda marca un antes y un después. Pero, consecuencia de una decisión judicial, también indica un ahora: la Cámara del Crimen porteña revocó los sobreseimientos del jefe de gobierno, Mauricio Macri; de su vice, María Eugenia Vidal; del jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta; del ministro de Seguridad, Guillermo Montenegro; de la de Salud, Graciela Reybaud; y, especialmente, del de Desarrollo Urbano, Daniel Chaín.

La resolución no implica una imputación directa a los funcionarios de máximo nivel pero no deja de resultar una situación incómoda. Sólo en los casos del jefe de la Policía Metropolitana y en el del ministro Chaín cambió sus procesamientos. En el resto de los casos, revocó los sobreseimientos y sugirió profundizar las líneas de investigación.

La investigación avanza hacia Horacio Giménez y a Enrique Pedace, jefe y subjefe de la Policía Metropolitana. Ellos «daban órdenes de avanzar al resto de los efectivos», desde una segunda línea, a unos 50 metros del lugar de la represión.

LOS HECHOS

Una hendija en una resolución judicial llevó al gobierno porteño a suponer que podía desalojar el Taller Protegido Nº 19 –ubicado en el Borda–, y proceder a la demolición para iniciar las tareas de la «construcción de los edificios del nuevo distrito gubernamental», una suerte de centro cívico y antiguo objetivo de Macri.

La Sala IV de la Cámara, con las firmas de los jueces Carlos Alberto González y Alberto Seijas (el otro integrante del tribunal, Mariano González Palazzo, está «apartado del conocimiento de esta causa»), ratificó los procesamientos de los sindicalistas y del policía metropolitano Martín Roth, jefe del grupo táctico DOEM (División Operaciones Especiales Metropolitanas) imputado por abuso de autoridad y lesiones leves.

La revocación de los sobreseimientos se produjo tras las apelaciones del fiscal Ricardo Sáenz y los querellantes. Sáenz advirtió que “al estar en los albores de la pesquisa, resulta prematuro excluir de responsabilidad a los que por su investidura tenían a su cargo la conducción política” de la Policía Metropolitana. Argumentó que la decisión del juez contradecía la jurisprudencia, según la cual, cuando existe prueba pendiente de producción, como en este caso, el juez no debe pronunciar sobreseimientos por falta de prueba. “La delegación de funciones no desvincula al superior del desempeño de sus subordinados ni menos aún los exceptúa de intervenir ante una situación crítica”, opinó.

La Cámara consideró que Roth ordenó «a los efectivos a su cargo que golpearan y dispararan balas de goma de forma excesiva e indiscriminada contra las personas que se hallaban en el lugar, lo que culminó con más de una treintena de heridos.»

Según los jueces, «su actuación desmedida no se circunscribe a un momento en particular sino que acaeció en distintos tramos de la intervención policial», merced a la cual «resultaron lesionados indistintamente legisladores de la Ciudad de Buenos Aires, personal médico y pacientes del nosocomio, gremialistas y periodistas. (…) Las heridas de bala de goma que presentaban los damnificados se ubicaron en gran medida por encima de su cintura y en la parte posterior de su cuerpo.»

Otro jefe policial metropolitano que había sido sobreseído, Rubén Pachano, «fue reconocido como uno de los efectivos que disparaba contra las personas», y también será investigado.

Los policías estaban allí porque los había convocado el ministro Chaín, a través de un pedido a su colega Montenegro. Para el tribunal, la desvinculación de Chaín es «prematura», pues hay preguntas que, de momento, no tienen respuesta.

En los días previos hubo un trabajo intenso que incluyó una inspección al predio del Taller Protegido. El tribunal entendió que «no tiene aún explicación atendible que la participación de funcionarios en la inspección judicial que se llevara a cabo en el predio del hospital un día antes no fuese siquiera mencionada en aquel dictamen» que precipitó el intento de demolición y la consiguiente represión. «Tampoco la tiene que tan próximo a ello se pidiera el informe sobre cuya base el Ministerio de Desarrollo Urbano instrumentó el operativo de demolición.»

«Al momento de resolver sus sobreseimientos el juez de la instancia anterior señaló que no existían elementos mínimos objetivos, ciertos, concretos y directos para atribuirles algún tipo de participación criminal en los eventos», se agregó.

Sin embargo, la Cámara consideró que esa «participación criminal» no puede descartarse aún, pues «la Jefatura de Gobierno debe actuar en forma directa en el ejercicio de su poder jerárquico si conoce que sus inferiores incumplen con sus obligaciones específicas o deberes a su cargo, pues de no hacerlo podría incurrir en una conducta con significación jurídico penal.»

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